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Situación

Estado

Un beneficio o un trámite del Estado me lo resolvió un sistema

Subsidios, becas, calificación socioeconómica, fiscalizaciones.

¿Qué suele pasar?

Varios organismos públicos usan puntajes y cruces automáticos de datos para asignar beneficios o priorizar fiscalizaciones. Los errores en esos cruces pueden dejarte fuera de algo a lo que tienes derecho.

Si quieres impugnar la resolución, hazlo primero: recurso de reposición ante el mismo organismo y, en subsidio, jerárquico ante su superior, en general dentro de 5 días hábiles desde que te notifican (Ley 19.880, art. 59), salvo que una ley fije otro plazo; la resolución debe indicarlo. Esta carta no reemplaza ese recurso.

Señales de que pudo decidir un sistema

  • El resultado se basa en un puntaje o tramo que no coincide con tu realidad.
  • Un cruce de datos te atribuye ingresos, bienes o vínculos que no tienes.
  • La resolución no identifica a la persona que decidió.

¿Qué datos tuyos suelen usar?

  • Registros de ingresos y cotizaciones
  • Composición del hogar
  • Bienes registrados
  • Datos de otros organismos cruzados automáticamente

¿Qué puedes pedir?

  • — Pedir tus datos y saber de dónde salieron
  • — Pedir que expliquen la decisión
  • — Corregir un dato erróneo o desactualizado
  • — Pedir que una persona revise la decisión

¿A quién le escribes?

Al jefe superior del organismo público, por su oficina de partes (en papel o digital). Si además quieres información sobre cómo funciona el sistema, haz aparte una solicitud por la Ley de Transparencia. Los órganos públicos también están sujetos a la ley de datos.

Otras vías

  • — El organismo debe expresar los hechos y las normas en que basó una decisión que te afecta (Ley 19.880, art. 11). Algunas decisiones automáticas del Estado están permitidas por una ley, y no está claro que el derecho a que no decida solo un sistema se aplique a los organismos públicos.
  • — Por la Ley de Transparencia puedes pedir información sobre cómo funcionan estos sistemas: el organismo tiene 20 días hábiles para responder, prorrogables por 10 (art. 14). Si no responde o se niega, puedes reclamar gratis ante el Consejo para la Transparencia dentro de 15 días hábiles (art. 24).
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